Covamur y Sernoven sellan una alianza estratégica para ofrecer servicios de optimización energética

  • Ampliamos el área energética de Covamur
  • Reducimos costes técnicos y energéticos
  • Implementamos proyectos de responsabilidad medioambiental

Acorde con los planes de expansión de nuestra empresa que busca ofrecer un mayor catálogo de servicios a nuestros clientes, Covamur Facility Services ha cerrado un acuerdo con SERNOVEN. Sernoven muy presente en el sector alimentario y de servicios, es una compañía especializada en la prestación de servicios de asesoramiento y consultoría para la mejora de la eficiencia energética y asesoramiento técnico.

Sernoven también realiza estudios, análisis exhaustivos y auditorías energéticas con máxima aplicabilidad y practicidad para llevar a cabo proyectos llave en mano con los resultados garantizados y avalados.

 El acuerdo con Sernoven permitirá a Covamur ofrecer a sus clientes los servicios especializados que ahora mismo presta Sernoven dentro de la estrategia de incorporación de actividades de valor añadido dentro del área de los Facility Services.

 La actividad de Covamur en el ámbito energético no es nueva. Desde hace meses nuestra compañía opera con su área de optimización en el ámbito de los leds y ahora, con esta alianza, pretendemos desarrollar este eje de productos para satisfacer las necesidades de nuestros clientes. En concreto y a través de Sernoven, Covamur ofrecerá a sus clientes asesoramiento técnico para la optimización energética en contratación, rendimiento de instalaciones, gestión, proyectos industriales y aprovechamiento de energías renovables, para mejorar el rendimiento de las instalaciones eléctricas, de gas, de gasoil, etc.

 Las metas que se persiguen con esta alianza es que nuestros clientes reduzcan al máximo coste energético, de mantenimiento y de consumo y que dicha reducción sea permanente. Además ofreceremos asesoramiento en la elaboración de proyectos de responsabilidad social y medioambiental. Los ámbitos en los que Covamur-Sernoven pueden actuar son el control de la gestión energética de las instalaciones de frío industrial, climatización, iluminación, agua caliente sanitaria, agua caliente para procesos, energías renovables y gestión y uso energético eficientes para garantizar que las medidas se perpetúen en el tiempo haciendo la empresa más competitiva.

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Se publica el Real Decreto 56/2016 que traspone la Directiva de Eficiencia Energética en España

  • Las empresas españolas no PYMES tendrán nueve meses para realizar auditorías energéticas o implantar un sistema de gestión energética en sus instalaciones

El 12 de febrero de 2016, el Consejo de Ministros aprobó el texto  por el que se traspone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo del 25 de octubre de 2012 relativo a la eficiencia energética. Establece el marco regulatorio de la eficiencia energética en España en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos, y promoción de la eficiencia energética. 

Tras dos borradores y un proceso de consulta pública, después de más de un año y medio desde que finalizara el plazo de transposición de la Directiva 2012/27/UE y con un expediente sancionador por parte de la Comisión Europea el pasado mes de octubre, la publicación de este decreto es un paso esencial para que España llegue al objetivo del 20 por ciento de ahorro energético para 2020. La finalidad de esta directiva es promover el uso de las energías renovables y poner en marcha medidas efectivas de eficiencia energética en los sectores residencial, terciario, transporte e industria.

Según el artículo 8 de la Directiva, todas las empresas que no sean PYME, independientemente del sector de actividad, están obligadas a cumplir el requisito de realizar una auditoría energética cada cuatro años o bien a implementar un sistema de gestión energética o ambiental —certificado por un organismo independiente con arreglo a las normas europeas o internacionales correspondientes—, siempre que los Estados Miembro garanticen que el sistema de gestión del que se trate incluya una auditoría energética realizada conforme a unos criterios mínimos que aseguren su eficacia y que la Directiva recoge en su Anexo VI.